La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) inició el procedimiento para crear la Norma Oficial Mexicana 126, cuyo cumplimiento asegura que las emisiones de ondas de las antenas de telecomunicaciones no representen riesgos para la salud.
El órgano regulador precisa en un comunicado que con el cumplimiento de esta norma se espera menor oposición ciudadana a los despliegues de infraestructura, y que los permisos que otorgan las autoridades municipales para la instalación de las antenas sean más expeditos.
Refiere que la NOM-126 será una norma conjunta entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a través de la Cofetel, y la Secretaría de Salud, por medio de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
Indicó que en su sesión de este día, el Pleno resolvió someter ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Telecomunicaciones el anteproyecto de la NOM 126, el cual será presentado de forma simultánea a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer).
En dicho anteproyecto de NOM, la Cofepris establece un conjunto de límites máximos de exposición para seres humanos cercanos a emisores de campos electromagnéticos en el entorno de radiocomunicaciones.
Por su parte, la Cofetel define los métodos de prueba requeridos para la medición de dichos límites, así como los procedimientos de evaluación de la conformidad correspondientes.
Los límites máximos de exposición a radiaciones electromagnéticas propuestos son los especificados en la recomendación internacional sobre límites de exposición a campos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos de hasta 300 Gigahertz (Ghz).
Esta norma será aplicable a los concesionarios y permisionarios de telecomunicaciones y radiodifusión con estaciones que operen en el rango de 100 Kilohertz (Khz) a 300 GHz.
Así como para las personas físicas o morales que se dediquen a la importación, fabricación y/ o comercialización de equipos terminales de radiocomunicaciones que se conecten o interconecten a través de un acceso inalámbrico a una red pública de telecomunicaciones.
La NOM-126 será publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una vez que concluyan las consultas públicas estipuladas en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Refiere que como resultado de una investigación se identificó que un factor de influencia negativa en el costo y en el tiempo de desarrollo de esta infraestructura es la preocupación que persiste entre los ciudadanos sobre los riesgos que implica para la salud la operación de antenas emisoras de ondas electromagnéticas.
Agrega que estas antenas son necesarias para la provisión de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, por lo que, para atender la creciente demanda de éstos, se requiere la instalación de un mayor número de los equipos mencionados.